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Artículo 3 de la Ley 13.786

Modifica la ley n.o 10,502, de 1952, y exime del pago de las contribuciones que indica a los clubes aereos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27545 / 8771720.

Texto oficial

Artículo 3.o Condónanse las contribuciones de bienes raíces fiscales y municipales adeudadas a la fecha de esta ley respecto de terrenos de dominio de Clubes Aéreos o entregados a ellos en comodato por más de cinco años, siempre que los contratos respectivos estén vigentes y sólo por lo que respecta al período correspondiente a esos contratos."