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Ley 13.905

Condona las sumas que señala pagadas indebidamente al personal y ex personal de planta y a contrata de la corporacion de la vivienda hasta la fecha que indica, y establece que a contar del 1° de enero de 1959, las remuneraciones de este personal seran determinadas en la forma que expresa

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
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idNorma: 27549

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