Texto oficial
Artículo 51°. En las ventas de lotes ganaderos
situados al sur del Canal Beagle y que el Fisco haga en
conformidad a lo dispuesto en los artículos 6°, 7°, 8° y
15°, el precio se pagará en veinticinco anualidades, no
estará sujeto al reajuste contemplado en el artículo 14°
y podrá el Presidente de la República, en casos
calificados, postergar el pago de todo o parte de las
primeras cinco anualidades distribuyéndolas en las cuotas
de precios restantes.