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Artículo 66 de la Ley 13.908

Crea la corporacion de magallanes y dispone que las tierras fiscales y las de la caja de colonizacion agricola ubicadas en la provincia de magallanes, con exclusion de las que indica, podran ser transferidas en propiedad por el presidente de la república o por la caja, en su caso, en la forma y condiciones que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27550 / 9128837.

Texto oficial

Artículo 66° La Corporación de Magallanes tendrá las facultades que los artículos 1° del DFL. 375, de 1953, y 7°, letras c) y d), del DFL. 242, de 1960, confieren a la Dirección de Industria y Comercio.