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Artículo 9 de la Ley 13.911

Aprueba el calculo de entradas y el presupuesto de gastos de la nacion para el año 1960, en moneda corriente y en moneda extranjera reducida a dolares. destina fondos adquirir o edificar para la direccion general de impuestos internos en la ciudad de valparaiso, un inmueble en que se instalaran las oficinas de su dependencia; autoriza enajenar en las condiciones que indica, el inmueble fiscal que señala, ubicado en esa ciudad, debiendo destinar su producto al fin antes indicado; substituye los incisos 2°, 3° y 4° del articulo 1° y deroga el articulo 2° de la ley 12.073, de 19 de julio 1956, que elevo el monto de las costas personales que expresa, sobre el monto de los tributos y demás creditos que sobre el servicio de cobranza judicial de impuestos de valpariso, destinado el producto de este aumento a la universidad de chile con el fin que indica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27553 / 9044462.

Texto oficial

Artículo 9.o Fíjanse para el año 1960 los siguientes porcentajes de gratificación de zona, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34.o del D.F.L. N.o 256, de 1953, y el artículo 10.o de la ley N.o 9,963, para el personal radicado en los siguientes lugares: PROVINCIA DE TARAPACA_____________________________ 40% El personal que preste sus servicios en los Retenes "La Palma", "San José" y "Negreiros"; en Villa Industrial, Poconchile, Puquios Central, Codpa, Chislluma, General Lagos, Avanzada de Aduana de Chaca, Camarones, Pisagua, Zapiga, Aguada, Poroma, Sibaya, Huabiña, Mocha, Pachica, Tarapacá, Huara, Caleta Huanillos, Pintados, Matilla, Pica, Iris, Victoria (ex Brac), Alianza, Buenaventura, Posta Rosario, Subdelegación de Pozo Almonte y "Campamento Militar Baquedano", tendrá el_______________________________________ 60% El personal que preste sus servicios en Visviri, Putre, Alcérreca y Cuya, tendrá el______________ 80% El personal que preste sus servicios en Parinacota, Chungará, Belén, Cosapilla, Caquena, Chilcaya, Huayatiri, Isluga, Chiapa, Chuzmiza, Cancosa, Mamiña, Huatacondo, Laguna del Huasco, Retén Camiña, Ticnamar, Socoroma, Chapiquiña, Enquelga, Caruquima, Chiapa, Sotoca, Jaiña, Camiña, Chapiquilta, Miñi-Miñe, Parca y Macaya, Portezuelo de Chapiquiña y Retén Caritaya, tendrá el_______________________ 100% PROVINCIA DE ANTOFAGASTA__________________________ 30% El personal que preste sus servicios en los departamentos de Taltal y Tocopilla y en las localidades de Coya Sur, María Elena, Pedro de Valdivia, José Francisco Vergara, Calama, Chuquicamata y departamento de El Loa, tendrá el______________________________________________ 50% El personal que preste sus servicios en Chiu-Chiu, San Pedro de Atacama, Toconao, Estación San Pedro, Quillahue, Prosperidad, Rica Aventura, Empresa, Algorta, Mina Despreciada, Chacance, Miraje, Gatico, Baquedano, Pampa Unión, Sierra Gorda, Concepción, La Paloma, Estación Chela, Altamira, Mineral, El Huanaco, Catalina, Sierra Overa, Mejillones, Flor de Chile y Retén Oficina Alemania, tendrá el_______________ 60% El personal que preste sus servicios en Ascotán, Socaire, Peine, Caspana, Ollagüe, Ujina (ex Collahuasi) y Río Grande, tendrá el______________________________________________ 100% PROVINCIA DE ATACAMA______________________________ 30% PROVINCIA DE COQUIMBO_____________________________ 15% PROVINCIA DE VALPARAISO: El personal que preste sus servicios en la Isla Juan Fernández, tendrá el_______________________ 60% El personal que preste sus servicios en la Isla de Pascua, tendrá el____________________________ 100% PROVINCIA DE CONCEPCION___________________________ 15% PROVINCIA DE ARAUCO_______________________________ 10% PROVINCIA DE MALLECO: El personal que preste sus servicios en la localidad de Lonquimay, tendrá el_______________ 30% PROVINCIA DE CHILOE_______________________________ 20% El personal que preste sus servicios en Chiloé Continental y Archipiélago de las Guaitecas, tendrá el_______________________________________ 60% El personal que preste sus servicios en la Isla Huafo, Futalelfú y Palena, tendrá el____________ 100% PROVINCIA DE AYSEN________________________________ 60% El personal que preste sus servicios en Chile Chico, Baker, Río Ibáñez, La Colonia, Cisnes, Balmaceda, Lago Verde, Cochrane, Río Mayer, Ushuaia, Retenes "Coyhaique Alto", Criadero Militar, "Las Bandurrias" y "Puesto Viejo", tendrá el_______________________________________ 100% PROVINCIA DE MAGALLANES___________________________ 60% El personal que preste sus servicios en la Isla Navarino, San Pedro, Muñoz Gamero, Picton y Punta Yamara, tendrá el_________________________ 100% El personal que preste sus servicios en la Isla Diego Ramírez, tendrá el________________________ 300% El personal que preste sus servicios en Islas Evangelistas, tendrá el_________________________ 150% TERRITORIO ANTARTICO: El personal destacado en la Antártida, de acuerdo con el artículo 1.o de la ley N.o 11,492, tendrá el_______________________________ 600% El personal de la Defensa Nacional que forme parte de la Comisión Antártica de Relevo, mientras dure la comisión, tendrá el____________ 300%