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Artículo 4 de la Ley 13.936

Faculta al presidente de la república para organizar las festividades del 150.o aniversario de la independencia nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27574 / 8999979.

Texto oficial

Artículo 4.o Facúltase al Presidente de la República para que, con el objeto de asegurar el mejor éxito de las mencionadas exposiciones, pueda eximir de trámites legales o administrativos la internación de mercaderías o elementos comprendidos en el artículo 2.o