Establece que los propietarios de los inmuebles o sitios eriazos, que indica, que hagan esquina dentro de los limites urbanos de su comuna, deberan mantener los letreros que señala y cumplir con las demás exigencias que establece esta ley
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27575 / 8693155.
Texto oficial
Artículo 3° Corresponderá a la Municipalidad
respectiva adoptar las medidas necesarias para el
cumplimiento de las disposiciones anteriores.
De las infracciones a la presente ley, conocerá el
Juzgado de Policía Local correspondiente".