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Artículo 4 de la Ley 13.950

Autoriza a la municipalidad de arica para contratar uno o mas prestamos hasta por la cantidad de e° 120.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27586 / 8281080.

Texto oficial

Artículo 4.o La Municipalidad de Arica atenderá el servicio del o los empréstitos indicados en el artículo 1.o con los recursos provenientes de sus entradas de la Ley del Cobre y con cuotas-partes suscritas por los abonados que se interesen por la instalación de nuevas líneas, las cuales se fijan a razón de E° 50,00 las comerciales y E° 25,00 las residenciales, aplicables sólo en los nuevos teléfonos que corresponden a la ampliación.