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Artículo 2 de la Ley 13.990

Crea la comuna-subdelagacion de lolol, en el departamento de santa cruz, fija sus limites y establece la constribucion adicional que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27622 · idParte: 8281186

Texto oficial

Artículo 2° Autorízase el cobro adicional de un tres por mil a beneficio municipal, sobre los avalúos imponibles de las propidades o bienes raíces del territorio comunal de Lolol durante dos años, y, de un uno y medio por mil en los siguientes.