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Artículo 2 de la Ley 14.083

Autoriza la ereccion de un monumento a la memoria del doctor mateo bencur en la ciudad de punta arenas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27658 / 8281244.

Texto oficial

Artículo 2° La Municipalidad de Punta Arenas determinará la ubicación del monumento en un lugar público de la ciudad de Punta Arenas.