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Artículo 1 transitorio de la Ley 14.089

Modifica la ley 12.891, de junio de 1958, que fijo el texto refundido de la ley general de elecciones, y la ley 11.860, de 14 de septiembre de 1955. orgánica de municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27664 / 8281259.

Texto oficial

Artículo transitorio. En las elecciones parlamentarias que se verifiquen en 1961, queda prohibida toda clase de propaganda por la prensa o radio antes del mes anterior al día de la elección. En caso de contravención se aplicará a los infractores la multa que se señala en el inciso final del artículo 7° de la ley 12.891."