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Artículo 6 de la Ley 14.089

Modifica la ley 12.891, de junio de 1958, que fijo el texto refundido de la ley general de elecciones, y la ley 11.860, de 14 de septiembre de 1955. orgánica de municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27664 / 8281258.

Texto oficial

Artículo 6° Substitúyese en el inciso 1° del artículo 75° de la Ley General de Elecciones la frase: "tal como fue recibida por el Comisario en conformidad al número 9 del artículo 52°", por: "desdoblada en conformidad a lo dispuesto en el artículo 56°."