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Artículo 2 de la Ley 14.114

Autoriza a la municipalidad de pinto, departamento de chillan para transferir gratuitamente al fisco el terreno que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27688 / 8281322.

Texto oficial

Artículo 2° La Dirección General de Carabineros destinará el predio a que se refiere el artículo anterior a la construcción de un Retén de Carabineros en la mencionada comuna.