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Artículo 3 de la Ley 14.114

Autoriza a la municipalidad de pinto, departamento de chillan para transferir gratuitamente al fisco el terreno que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27688 / 8281323.

Texto oficial

Artículo 3° Si la Dirección General de Carabineros no construyere el Retén en el plazo de cinco años, el terreno volverá al dominio de la Municipalidad de Pinto."