Texto oficial
Artículo 2° Autorízase al Presidente de la República para permutar el terreno individualizado en el artículo anterior y que el más adelante se indica por un retazo de terrreno de propiedad del Banco del Estado de Chile, todos ellos ubicados en la ciudad de Tomé, de la provincia de Concepción.
El terreno de propiedad fiscal que será objeto de la permuta y contiguo al individualizado en el artículo 1° tiene una superficie aproximada de 357,80 m2. y tiene los siguientes deslindes especiales: al Norte, restos del terreno fiscal expropiado; al Este, Estero Collén; al Sur, propiedad del Banco del Estado, y al Oeste, con la parte de calle Riquelme que se desafecta de su calidad de bien nacional de uso público. Este terreno se encuentra inscrito a nombre del Fisco, en mayor extensión a fojas 322 vuelta N° 636 del Registro de Propiedad del año 1947, contiene los siguientes deslindes generales: Norte, resto de la misma propiedad; Este, Estero Collén; Sur, propiedad del Banco del Estado; Oeste, calle Riquelme.
El terrreno de dominio del Banco del Estado de Chile mide aproximadamente 18 metros por 126,06 metros, con una superficie, en consecuencia, de 1.816 m2. y deslinda al Norte, en 126,66 metros con terraza pública conlindante con la playa, con propiedad del señor Luzberto Pantoja y con propiedad del señor José Reyes; al Este, en 18 metros con calle Riquelme; al Sur, en 126,06 metros con restos de la propiedad del Banco del Estado; y al Oeste, en 18 metros, con playa del mar.