Texto oficial
Artículo 4° Los terrenos que se recibirán en permuta del Banco del Estado de Chile, serán destinados por el Presidente de la República a bien nacional de uso público, para prolongación de la calle Sotomayor de la ciudad de Tomé."
Desafecta de su calidad de bien nacional de uso publico y destina a bien fiscal parte de la calle que indica, de la ciudad de tome, el que sera permutado, junto con el terreno que señala, con otro, que tambien se individualiza, de propiedad del banco del estado de chile, con el fin de destinarlo a la prolongacion de la calle que expresa, de la misma ciudad
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27700 / 5973953.