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Artículo 1 transitorio de la Ley 14.134

Suspende el cobro de la contribucion territorial de los predios agricolas de la provincia de atacama

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27703 / 7175483.

Texto oficial

Artículo transitorio. Con cargo a la cuota de los fondos del cobre que conforme al artículo 33° de la ley N° 11.828, se asignan a la provincia de Atacama para el presente año, se cubrirá el gasto que signifique la aplicación del artículo 1° durante el presente año presupuestario."