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Artículo 3 de la Ley 14.145

Autoriza al presidente de la república para transferir, a titulo gratuito al centro femenino de accion social de talca, el predio fiscal que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

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Texto oficial

Artículo 3° No se aaplicará para los efectos de la presente ley la disposición contenida en el artículo 1.401 del Código Civil.