Texto oficial
Artículo 160° Declárase que a los funcionarios del
escalafón de la letra f), artículo 26°, del decreto con
fuerza de ley 284, de 1960, no le es aplicable el inciso 1°
del artículo 11° del decreto con fuerza de ley 215, de
1960.
Cambia nombre al ministerio de economia, modifica la leyes que indica, establece y aumenta los impuestos que señala, concede al presidente de la república las facultades que menciona y dispone coordinar la inversion de los recursos fiscales como tambien los recursos de las instituciones semifiscales de administración autonoma y empresas del estado orientandolos hacia los fines de reconstruccion y fomento de la produccion
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