Texto oficial
Artículo 8º: Normas Comunes: La ejecución de las
distintas líneas de acción señaladas en los artículos
precedentes comprenderá, a lo menos, la realización de las
siguientes actividades:
a) Capacitación de docentes encargados de
supervisar e informar el proceso de práctica
profesional en el ámbito de la gestión curricular, a fin
de fortalecer capacidades y motivar a equipos regionales,
esto es, coordinadores técnico profesionales, supervisores
provinciales, docentes técnicos y relatores en la
supervisión de prácticas profesionales de estudiantes de
educación media técnico profesional.
b) Desarrollo de investigaciones de trayectorias
post-secundaria de estudiantes egresados de educación media
técnico profesional, empleabilidad y continuidad de
estudios.
c) Desarrollo de acciones de seguimiento para evaluar
aprendizajes técnicos, en relación con el perfil de egreso
de las especialidades.
d) Diseño y desarrollo de instrumentos de apoyo
informático para el mejoramiento de las prácticas
profesionales de estudiantes de los establecimientos a que
se refiere el artículo 1º de este Reglamento.
e) Diseño, impresión y distribución de Manual de Buenas
Prácticas en relación a las Prácticas Profesionales para
el apoyo de docentes
técnicos, tutores de Unidad Técnico Pedagógico y
Orientadores para el mejor desempeño de los estudiantes en
práctica en el sector productivo.
f) Difusión y publicidad de la plataforma Web por medios
impresos.
g) Desarrollo de ferias regionales de experiencias
demostrativas e innovadoras de prácticas profesionales.
h) Desarrollo de acciones locales y alianzas para la
generación de redes de docentes técnicos por sector
productivo, focalizados en equipos de prácticas de los
establecimientos educacionales beneficiarios.
i) Realización de reuniones técnicas regionales,
provinciales y comunales con representantes del sector
productivo y empresarial.
j) Diseño y desarrollo de sistemas informáticos que
permitan el seguimiento de cada una de las líneas de
acción que comprende la ejecución de la Asignación.
k) Elaboración, impresión, almacenamiento y
distribución de materiales para el desarrollo de
actividades de difusión e información a la comunidad
escolar.
l) Difusión, a través de espacios radiales, escritos o
audiovisuales, de las finalidades y distintas acciones de la
ejecución de la Asignación.
m) Realización de jornadas, seminarios, encuentros y
reuniones técnicas con los diversos integrantes de la
comunidad escolar, así como con supervisores y funcionarios
del Ministerio de Educación, profesores, directivos,
Departamentos de Administración de Educación Municipales,
Corporaciones y Fundaciones Educacionales, Académicos de
los Centros de Formación Técnica, con el objeto de recabar
información pertinente respecto del desarrollo del proceso
de prácticas profesionales y construir conocimientos en
torno a las
prácticas profesionales de los estudiantes.
n) Perfeccionamiento de docentes encargados de supervisar
e informar el proceso de práctica profesional como,
asimismo, capacitación a maestros guías de las empresas.
o) Contratar asistencia técnica para los
establecimientos educacionales beneficiarios para la
elaboración y desarrollo de Planes de Mejoramiento de
Prácticas Profesionales, y p) Cualquier otra actividad
necesaria para el cumplimiento de los objetivos propuestos
por el Programa.