Texto oficial
Artículo 3° La bonificación del 10%, otorgada al
personal docente del Ministerio de Educación Pública por
decreto de Hacienda 2.652, de 24 de marzo último, se
pagará a contar del 1° de julio del presente año, sobre
los sueldos bases, incluídos los trienios más el 13,67%.
En igual forma se procederá con respecto a la
bonificación otorgada a los personales de las Universidades
de Chile y Técnica del Estado, por decreto 9.155, del
Ministerio de Hacienda, de fecha 23 de agosto último,
disposición ésta que se aplicará también al personal de
la Universidad de Concepción.