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Artículo 3 de la Ley 14.453

Reajusta rentas del profesorado y fija nuevas plantas y sueldos de los servicios dependientes del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27729 / 9060907.

Texto oficial

Artículo 3° La bonificación del 10%, otorgada al personal docente del Ministerio de Educación Pública por decreto de Hacienda 2.652, de 24 de marzo último, se pagará a contar del 1° de julio del presente año, sobre los sueldos bases, incluídos los trienios más el 13,67%. En igual forma se procederá con respecto a la bonificación otorgada a los personales de las Universidades de Chile y Técnica del Estado, por decreto 9.155, del Ministerio de Hacienda, de fecha 23 de agosto último, disposición ésta que se aplicará también al personal de la Universidad de Concepción.