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Artículo 2 de la Ley 14.453

Reajusta rentas del profesorado y fija nuevas plantas y sueldos de los servicios dependientes del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27729 / 9060906.

Texto oficial

Artículo 2° Los sueldos anuales reajustados en el artículo anterior, se asimilarán al entero superior más próximo, para evitar los centésimos.