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Artículo 6 transitorio de la Ley 14.453

Reajusta rentas del profesorado y fija nuevas plantas y sueldos de los servicios dependientes del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27729 / 9060970.

Texto oficial

Artículo 6°. Suspéndese, por el plazo de dos años, para los Liceos de Santiago números 11, 12, 13 y 14 de Hombres y 12 de Niñas, la aplicación del inciso 2° del artículo 284° del decreto con fuerza de ley 338, de 6 de abril de 1960.