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Artículo 2 transitorio de la Ley 14.501

Establece una bonificacion obligatoria y reajusta los sueldos y salarios de los empleados y obreros que indica; modifica las leyes e impuestos que señala.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27737 / 9044560.

Texto oficial

Artículo 2.o.- Para los efectos de la presente ley se autoriza al Presidente de la República para suspender total o parcialmente lo dispuesto en el artículo 34.o de la Ley Orgánica de Presupuestos, aprobada por DFL. N.o 47, de Diciembre de 1950.