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Artículo 2 de la Ley 14.533

Establece a beneficio exclusivo de la municipalidad de isla de maipo un impuesto adicional sobre el avaluo imponible de los bienes raices de la comuna

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27753 / 8281420.

Texto oficial

Artículo 2.o Una vez cumplidos los fines señalados en la ley N.o 11,209, y sus modificaciones posteriores, el impuesto establecido en el artículo 5.o de dicha ley tendrá el carácter de permanente sobre la producción de vino de la comuna de Isla de Maipo, y será a beneficio exclusivo de la Municipalidad respectiva.