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Artículo 19 de la Ley 14.536

Fija el texto definitivo de la ley sobre construccion y explotacion de obras de regadio por el estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27756 / 8830605.

Texto oficial

Artículo 19. Las cuotas a que se refieren los artículos 11, 15, 17, 18, 22, 33, 34 y 35 de esta ley serán pagadas por los propietarios de los terrenos comprendidos dentro de la zona de riego obliagtorio semestralmente en la Tesorería Comunal correspondiente.