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Artículo 24 de la Ley 14.536

Fija el texto definitivo de la ley sobre construccion y explotacion de obras de regadio por el estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27756 / 8830610.

Texto oficial

Artículo 24. Las expropiaciones a que se refiere el artículo anterior se llevarán a efecto de acuerdo con las disposiciones de la ley 3,313, de 29 de Septiembre de 1917.