Autoriza a la municipalidad de paredones para contratar uno o mas prestamos que produzcan hasta la cantidad de e° 10.000 con el fin de invertirlos en un plan de electrificacion de la comuna; para su servicio establece una contribucion adicional de un cuatro por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna. facultad, municipalidad paredones, contratacion,
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27773 / 8281471.
Texto oficial
Artículo 6° La Municipalidad depositará en la cuenta de Depósito Fiscal "F-26 Servicio de Empréstitos y Bonos" los recursos que destina esta ley al servicio del o los empréstitos y la cantidad a que ascienda dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias. Asimismo, la Municipalidad de Paredones deberá consultar en su presupuesto anual en la partida de ingresos extraordinarios los recursos que produzca la contratación del o los préstamos y en la partida de egresos extraordinarios las inversiones hechas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3° de esta ley.