Saltar al contenido

Artículo 8 de la Ley 20.286

Introduce modificaciones orgánicas y procedimentales a la ley n° 19.968, que crea los tribunales de familia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 277775 / 7435081.

Texto oficial

Artículo 8°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 3° de la ley N° 20.022: 1) Intercálase, en el párrafo tercero del inciso primero, entre las expresiones "tres jefes de unidad," y "cuatro administrativos 1°", lo siguiente: "dos administrativos jefes,". 2) Reemplázanse, en el párrafo sexto del inciso primero, las expresiones "siete administrativos 2°" y "cinco administrativos 3°" por "ocho administrativos 2°" y "seis administrativos 3°", respectivamente.