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Artículo 7 de la Ley 20.286

Introduce modificaciones orgánicas y procedimentales a la ley n° 19.968, que crea los tribunales de familia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 277775 / 7435080.

Texto oficial

Artículo 7°.- Lo dispuesto en el numeral 44) del artículo 1° regirá una vez transcurridos noventa días desde la publicación de esta ley.