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Artículo 8 de la Ley 14.582 · Fija las plantas del personal del servicio de correos y telegrafos

Fija las plantas del personal del servicio de correos y telegrafos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27779 / 9044668.

Texto oficial

Artículo 8.o El personal que a la fecha de publicación de la presente ley pertenezca a las Plantas Auxiliares y de Servicios Menores, valijeros y los obreros a jornal que reúnan los requisitos necesarios, gozarán de preferencia para ocupar el resto de las vacantes que se produjeren.