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Artículo 26 de la Ley 14.582 · Fija las plantas del personal del servicio de correos y telegrafos

Fija las plantas del personal del servicio de correos y telegrafos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27779 · idParte: 9044686

Texto oficial

Artículo 26.o El personal de Correos y Telégrafos podrá optar a otro escalafón del mismo Servicio, siempre que reúna los estudios mínimos exigidos por el Estatuto Administrativo o por la presente ley, según el caso, y cuente con informe favorable del Director General.