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Artículo 1 de la Ley 14.599

Autoriza a la municipalidad de angol para transferir gratuitamente a los empleados obreros de su dependencia, los terrenos que indica y cuyos deslindes señala, con el fin de que construyan sus casas habitaciones.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27793 / 8281521.

Texto oficial

"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Angol para transferir gratuitamente, a los empleados y obreros de su dependencia que determine, nuevos lotes de terrenos con una cabida total de 5.748 metros cuadrados, que forman parte de una propiedad municipal de mayor extensión, que se encuentra inscrita a fojas 38 vuelta, N° 143, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Angol correspondiente al año 1911, cuyos deslindes generales son los siguientes: Norte, propiedad de don Manuel Vergara, hoy Fermín Colina; Sur, calle Colo-Colo; Oriente, calle Imperial, hoy Manuel V. Bunster, y Poniente, calle Villarrica, hoy Pedro Aguirre Cerda.