Texto oficial
Artículo 8° La presente ley regirá desde el 1° de enero 1962."
Crea la comuna-subdelegacion de los muermos, en el departamento de maullin, de la provincia de llanquihue.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27800 / 8281541.