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Artículo 2 de la Ley 14.675

Autoriza al presidente de la república para transferir a titulo gratuito, a la cruz roja chilena, el terreno que indica y cuyos deslindes señala, ubicado en san antonio deroga las leyes 7.119, de 25 de octubre de 1941, y 8.583, de 9 de octubre de 1946.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27862 / 5974583.

Texto oficial

Artículo 2° Deróganse las leyes 7.119, de fecha 25 de octubre de 1941, y 8.583, de fecha 9 de octubre de 1946."