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Ley 14.682

Autoriza a la direccion de obras sanitarias para ejecutar y proyectar por cuenta de particulares, instalaciones domiciliarias de alcantarillado y agua potable en las condiciones que señala en inmuebles cuyo avaluo fiscal no exceda de la suma que indica, ubicados en las provincias de tarapaca y antofagasta.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
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idNorma: 27869

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Artículos

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