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Artículo 3 de la Ley 14.711 · Restablece la vigencia de las disposiciones que;señala del servicio de investigaciones

Restablece la vigencia de las disposiciones que;señala del servicio de investigaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27888 / 8281695.

Texto oficial

Artículo 3.o El Director de Servicio de Prestaciones podrá aplicar al personal de la Planta de Vigilancia, además de las medidas disciplinarias contempladas en el Estatuto Administrativo y que le corresponda imponer, las de arresto hasta por 15 días y licenciamiento "por no convenir al Servicio" y por "mala conducta", de acuerdo con las normas que establezca el reglamento sobre la materia. En todo caso, la medida disciplinaria de licenciamiento "por no convenir al Servicio" y "por mala conducta", sólo será aplicada previo sumario administrativo."