Texto oficial
Artículo 3.o Introdúcense en el DFL. N.o 98, de 3 de Marzo de 1960, las siguientes modificaciones a su artículo 2.o, letra C que contiene la Planta Permanente de Empleados Civiles de la Armada:
1) Reemplázase el "Escalafón Administrativo de la Armada" establecido en el N.o 6 de dicho artículo -Personal Administrativo- por el siguiente:
5 Empleados Administrativos, Va. categoría.
15 Empleados Administrativos, VIa. categoría.
28 Empleados Administrativos, 2.o grado.
38 Empleados Administrativos, 4.o grado.
47 Empleados Administrativos, 6.o grado.
30 Empleados Administrativos, 8.o grado.
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2) Reemplázase el "Escalafón de Dibujantes" establecido en el mismo número, por el siguiente: 1 Dibujante, VIa. categoría.
2 Dibujantes, VIIa. categoría.
3 Dibujantes, 2.o grado.
4 Dibujantes, 4.o grado.
6 Dibujantes, 6.o grado.
5 Dibujantes, 8.o grado.
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21
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3) Agrégase al final un número ocho con el epígrafe "Escalafones en extinción", y créanse dentro de él los siguientes escalafones:
ESCALAFON DEL SERVICIO DE FAROS
3 Empleados de Faros, VIa. categoría.
6 Empleados de Faros, 2.o grado.
3 Empleados de Faros, 4.o grado.
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12
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ESCALAFON DE SERVICIOS ESPECIALES
2 Empleados de Servicios Especiales, Va.
categoría.
2 Empleados de Servicios Especiales, VIa.
categoría.
3 Empleados de Servicios Especiales, 2.o
grado.
5 Empleados de Servicios Especiales, 4.o
grado.
11 Empleados de Servicios Especiales, 8.o
grado.
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23
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ESCALAFON DE GRABADORES
1 Grabador, VIa. categoría.
1 Grabador, 2.o grado.
3 Grabadores, 4.o grado.
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5
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4) Créanse en el número 7 -Personal que no forma Escalafón (Administrativo)- inmediatamente después de "1 Sub-Contralor IVa. categoría", los siguientes cargos:
4 Inspectores de la Contraloría de la
Armada, Va. categoría.