Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 14.819

Reemplaza las plantas permanentes administrativas del ministerio de obras publicas, fijadas por los decretos con fuerza de ley 106, 116 y 212, de 1960.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27898 / 5974688.

Texto oficial

Artículo 2.o Suprímense de las Plantas Directiva Profesional y Técnica de la Secretaría y Administración General de los Servicios que se expresan del Ministerio de Obras Públicas, los siguientes cargos: Secretaría y Administración General: 6a. Categoría, Ingeniero Civil. 6a. Categoría, Jefe Administrativo. Dirección de Planeamiento: 7a Categoría, Ingeniero Comercial.