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Artículo 1 transitorio de la Ley 14.832

Modifica la ley de organizacion y atribuciones de la contraloría general de la república numero 10.336; el decreto con fuerza de ley numero 338, de 1960, y las leyes numeros 10.223 y 10.343

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27911 / 8830651.

Texto oficial

Artículos transitorios {Arts. 1-2} Artículo 1° El Contralor General podrá descargar por una sola vez de la Cuenta "Deudores Varios" o de los Libros de Contabilidad aquellas anotaciones originadas en reparos que no hayan significado enriquecimiento indebido del cuentadante.