Texto oficial
Artículo 2.o Los impuestos establecidos en el artículo
34 no se aplicarán a los efectos personales o menajes que
se hayan embarcado con anterioridad a la publicación de la
presente ley.
Reajusta las rentas del profesorado y modifica los decretos con fuerza de ley y las leyes que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27915 / 8854345.