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Artículo 53 de la Ley 14.853 · Fija el texto definitivo de la ley general sobre;inscripciones electorales

Fija el texto definitivo de la ley general sobre;inscripciones electorales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27931 / 8810866.

Texto oficial

ARTICULO 53. Los funcionarios del orden administrativo o judicial que no cumplieren con las obligaciones que les impone esta ley, sufrirán la pena de dos meses de suspensión. En caso de reincidencia, se duplicará la pena; si nuevamente reincidieren, perderán sus empleos y quedarán absoluta y perpetuamente inhabilitados para cargos, oficios públicos y derechos políticos.