Texto oficial
ARTICULO 76. El Director del Registro Electoral tendrá derecho a pasaje y viáticos, cuando tenga que ausentarse de Santiago en el ejercicio de sus funciones.
Fija el texto definitivo de la ley general sobre;inscripciones electorales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27931 / 8810891.