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Artículo 7 de la Ley 14.855

Suprime los impuestos y, en general, todos los derechos y gravamenes que afecten la internacion de las mercaderias que traigan para el campeonato mundial de futbol de 1962, y concede las autorizaciones que indica a las municipalidades y organismos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27933 / 5974924.

Texto oficial

Artículo 7.o Sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras de la Contraloría General de la República, la Superintendencia de Aduanas dictará las normas de control necesarias para asegurar el correcto empleo y uso de las mercaderías a que se refieren los artículos anteriores.