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Artículo 3 de la Ley 14.873

Autoriza al presidente de la república para transferir gratuitamente al club de deportes esparta, de san antonio, el dominio del inmueble que indica y cuyos deslindes señala.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27948 / 5974978.

Texto oficial

Artículo 3° Es obligación del Club de Deportes "Esparta" proporcionar su campo deportivo a las escuelas públicas y particulares del departamento para que desarrollen sus actividades deportivas en días de la semana, sin pago alguno.