Autoriza a la municipalidad de maria pinto para contratar uno o mas prestamos que produzcan hasta la suma de e° 20.000, con el fin de destinarlos a diversas obras de adelanto local; para su servicio establece una contribucion adicional de un dos por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna.
Texto oficial
"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de María Pinto para contratar uno o más préstamos, hasta por la suma de veinte mil escudos, a un interés no superior al bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.