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Artículo 5 de la Ley 14.895 · Crea la institucion con personalidad juridica denominada;colegio de matronas

Crea la institucion con personalidad juridica denominada;colegio de matronas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27967 / 5975086.

Texto oficial

Artículo 5.o El Consejo General estará compuesto por 19 miembros. De éstos, 4 serán designados por los colegiados de la jurisdicción de Santiago, 3 por los de Valparaíso y Concepción y uno por cada uno de los demás Consejos Regionales. La elección se hará en votación directa de los colegiados inscritos en los Registros de la jurisdicción respectiva, en la forma que establezca el reglamento.