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Artículo 4 de la Ley 14.895 · Crea la institucion con personalidad juridica denominada;colegio de matronas

Crea la institucion con personalidad juridica denominada;colegio de matronas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27967 / 5975085.

Texto oficial

Artículo 4.o El patrimonio del Colegio se formará: a) Con la parte de las cuotas ordinarias, extraordinarias y especiales, que corresponda al Consejo General; b) Con las multas que se apliquen de acuerdo con la presente ley, y c) Con los demás bienes que adquiera a cualquier título.