Texto oficial
"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Papudo para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito, uno o más empréstitos que produzcan hasta la suma de cuarenta mil escudos (E° 40.000) al interés corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años.