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Artículo 11 de la Ley 14.904

Modifica el d.f.l. numero 72, de 1960, la ley numero 10.383, el código sanitario, fija normas para encasillar al personal del servicio nacional de salud y prorroga el plazo para acogerse a los beneficios de la ley de continuidad de la prevision

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27973 / 8857456.

Texto oficial

Artículo 11. El personal auxiliar y de laboratorio que trabajan en el Servicio Médico Nacional de Empleados y en todos los establecimientos o servicios sanitarios que se encuentren en igual situación y casos de los que establece el artículo 10° de la ley N° 14.593, tendrán los mismos derechos que señala la citada disposición legal.