Modifica el d.f.l. numero 72, de 1960, la ley numero 10.383, el código sanitario, fija normas para encasillar al personal del servicio nacional de salud y prorroga el plazo para acogerse a los beneficios de la ley de continuidad de la prevision
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27973 / 8857456.
Texto oficial
Artículo 11. El personal auxiliar y de laboratorio que trabajan en el Servicio Médico Nacional de Empleados y en todos los establecimientos o servicios sanitarios que se encuentren en igual situación y casos de los que establece el artículo 10° de la ley N° 14.593, tendrán los mismos derechos que señala la citada disposición legal.